FINES COFRADÍA

Hermandad fundada en el Siglo XV

DE LOS ESTATUTOS Y REGLAS APROBADAS EN 2.010

  • Articulo 1.: Se establece en Socuéllamos en la Parroquia de Nuestra Señora de la Asunción la Cofradía de la Preciosísima Sangre de Cristo donde celebrará sus actos de culto, reuniones, etc. Tendrá su domicilio social en Calle Calderón de la Barca nº1, código postal 13.630. El ámbito de la Cofradía es local.
  • Articulo 2.: Esta Cofradía es una asociación voluntaria y pública de fieles expresión de la Comunión Eclesial, que se unen para ayudarse a vivir más intensamente su fe cristiana para ( en coordinación con la actividad pastoral que la Iglesia tiene establecida ) potenciar la actividad apostólica que dimana de la misma fe así como para fomentar los cultos de Semana Santa.
  • Articulo 3.: La Cofradía se compromete a organizar charlas, conferencias, cursos y otros medios para la formación de sus Cofrades que procurarán aprovecharse al máximo de ello. Se recomienda además a los cofrades que participen en ejercicios espirituales, cursillos y otras reuniones de formación similares.
  • Articulo 4.: La Cofradía fomentará entre sus miembros el espíritu de oración y la participación activa en los Sacramentos especialmente en la Eucaristía de donde dimana el compromiso apostólico. Fomentará igualmente la lectura de la Sagrada Escritura y la reflexión de la Palabra de Dios que ocupará un lugar destacado en las reuniones de piedad organizadas por la Cofradía.
  • Articulo 5.: La Cofradía cuidará con especial esmero la asistencia espiritual a los cofrades enfermos y ofrecerá sufragios por los difuntos.
  • Articulo 6.: Como testimonio de Comunión la Cofradía estimulará entre sus miembros una vida de verdadera fraternidad así como el servicio al bien común. Y, como expresión de amor a la pobreza evangélica y solidaridad con los pobres cada año entregará a su parroquia al menos el 10% del total de sus ingresos por cuotas ordinarias para atender a las necesidades y problemas de los más débiles y trabajará por promover la justicia social según las enseñanzas de la Iglesia.
  • Articulo 7.: Esta Cofradía por ser pública goza en la Iglesia de personalidad jurídica a tenor del c. 313 y en su caso de personalidad jurídica civil mediante su inscripción en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia.
  • Articulo 8.: El hábito atribuido que se usará en los actos oficiales de la Cofradía serán túnica morada, capuchón amarillo y capa morada ( negra en la procesión del Santo Entierro ).